La custodia compartida de animales es un tema cada vez más relevante en España, reflejando la creciente importancia que las mascotas tienen en la vida de las personas y el reconocimiento de su bienestar como una prioridad. Aunque la legislación específica sobre este tema puede variar según la comunidad autónoma, existen ciertas disposiciones generales que se aplican en todo el país.

Hasta hace poco, las mascotas se consideraban simplemente como «cosas» en los casos de divorcio, lo que llevaba a situaciones dolorosas donde los vínculos emocionales no eran tomados en cuenta. Ahora, tanto en divorcios contenciosos como en acuerdos mutuos, se puede pelear por la custodia compartida de las mascotas.

La legislación en torno a la custodia compartida de mascotas ha experimentado un cambio significativo en España, donde las mascotas ya no son consideradas meramente como propiedad privada, sino como seres sensibles con derechos. 

En muchos aspectos, el proceso legal para la custodia compartida de mascotas se asemeja al de la custodia compartida de niños. Idealmente, las partes llegarían a un acuerdo mutuo, pero en ausencia de este, el juez decidirá considerando siempre el bienestar del animal. No obstante, aconsejamos consultar con un abogado de familia que aporte orientación en este proceso.

¿Quién tiene la propiedad de un perro?

El propietario legal de un perro es su dueño registrado. Solo una persona puede figurar como dueña del animal y será responsable de su cuidado. Esto se evidencia mediante el registro del nombre del dueño en el microchip del animal, lo que lo identifica como el cuidador principal.

En situaciones donde el perro o gato no está microchipado, como puede ser el caso de animales jóvenes, se considera propietaria a la persona cuyo nombre esté registrado en la cartilla sanitaria del animal.

Marco Legal General de la custodia compartida de animales

En diciembre de 2021 se introducía una modificación en el Código Civil que tenía como objetivo «introducir en las normas relativas a las crisis matrimoniales preceptos destinados a concretar el régimen de convivencia y cuidado de los animales de compañía, cuestión que ya ha sido objeto de controversia en nuestros tribunales. Para ello se contempla el pacto sobre los animales domésticos y se sientan los criterios sobre los que los tribunales deben tomar la decisión de a quién entregar el cuidado del animal, atendiendo a su bienestar».

En España, los animales son considerados como seres sintientes según lo establecido en el artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), lo que implica que tienen derechos y necesidades que deben ser protegidos y garantizados por la legislación nacional. Sin embargo, en términos de custodia compartida, la legislación española no proporciona una regulación específica, lo que significa que en muchos casos, estas cuestiones son resueltas a través de acuerdos entre las partes involucradas o, en su defecto, por decisiones judiciales basadas en el interés superior del animal.

Proceso Judicial

Cuando una pareja decide separarse y no puede llegar a un acuerdo sobre la custodia de sus mascotas, el caso puede ser llevado ante un tribunal familiar. En estos casos, el juez evaluará una serie de factores, incluyendo el bienestar del animal, la capacidad de cada parte para proporcionar cuidado adecuado, el vínculo emocional entre el animal y cada dueño, entre otros aspectos relevantes.

Para parejas no casadas, la situación puede ser más compleja, ya que la legislación civil no las reconoce de la misma manera que a las parejas casadas. Sin embargo, aún pueden establecer acuerdos de propiedad conjunta o recurrir a la mediación para resolver disputas sobre la custodia compartida de sus mascotas. En última instancia, el objetivo es garantizar el bienestar y la felicidad de los animales en todas las circunstancias.

Consideraciones Legales

Aunque no existe una legislación específica sobre la custodia compartida de animales, en España se aplican ciertas disposiciones legales relevantes en estos casos. Por ejemplo, el Código Civil español establece que los animales son considerados como bienes muebles, lo que implica que se rigen por las normas sobre división de bienes en caso de divorcio o separación. Sin embargo, cada vez más, los tribunales están reconociendo la necesidad de considerar el bienestar del animal como un factor determinante en la toma de decisiones sobre su custodia.

Es más fácil establecer la custodia compartida en acuerdos mutuos, donde se pueden definir los tiempos de convivencia, las responsabilidades financieras y otros aspectos relevantes. Sin embargo, en casos más disputados, la mediación puede ser útil para llegar a un acuerdo sin necesidad de recurrir a juicio.

Además, es importante considerar las obligaciones de ambas partes en el acuerdo presentado a los tribunales, asegurándose de cubrir todos los aspectos relacionados con el cuidado de la mascota y garantizando su bienestar. Los intereses de los miembros de la familia, incluidas las mascotas, deben tenerse en cuenta por encima de la propiedad registrada.

¿Qué sucede en casos de parejas no casadas?

Durante la consideración de una ley en el Congreso de los Diputados, se debatió la inclusión de parejas de hecho en este ámbito. Sin embargo, esta medida no logró suficiente respaldo en el Senado. Por lo tanto, en casos de separación, la mascota quedará bajo la custodia del «propietario» registrado en el sistema.

Es evidente que los lazos emocionales con las mascotas van más allá de lo estipulado por la ley. Por lo tanto, si uno de los miembros de la pareja de hecho se siente perjudicado, tiene la opción de iniciar un proceso legal. En estos casos, el bienestar del animal prevalece sobre los intereses de las ex parejas.

Buenas Prácticas

A pesar de la falta de una regulación específica, existen ciertas prácticas recomendadas para garantizar que la custodia compartida de animales se lleve a cabo de manera adecuada y en beneficio del animal. Estas incluyen:

1. Elaborar un plan de custodia detallado que especifique los tiempos de convivencia de cada parte, las responsabilidades financieras y de cuidado, y cualquier otra disposición relevante.

2. Mantener una comunicación abierta y cooperativa entre ambas partes para garantizar el bienestar del animal y resolver cualquier disputa de manera amistosa.

3. Priorizar siempre el interés superior del animal por encima de cualquier disputa personal entre los dueños.

4. En caso de desacuerdo, considerar la posibilidad de recurrir a la mediación o a un acuerdo extrajudicial para resolver la disputa de manera más rápida y menos traumática para el animal.

¿Necesito consultar a un abogado?

Como se ha mencionado previamente, es siempre preferible buscar un acuerdo mutuo entre las partes involucradas. Recurrir a un juicio debe ser el último recurso debido a las cargas tanto económicas (honorarios legales, costos judiciales) como emocionales que conlleva. Además, el juez siempre buscará garantizar el bienestar óptimo del animal, sin importar las implicaciones para los otros miembros de la familia o las exparejas.

Un ejemplo claro se observa en los casos de violencia doméstica, donde la ley considera la posibilidad de que las mascotas sean utilizadas como herramientas de daño. En tales situaciones, el juez no permitirá que un miembro de la pareja manipule a los animales domésticos con el fin de infligir daño económico o moral a la otra parte.

Por lo tanto, la custodia compartida no será otorgada en casos donde:

  • Se detecten situaciones de riesgo o maltrato hacia la mascota.
  • Se perciba que una de las partes desea retener la custodia del animal como medio de dañar a la otra parte.
  • Existan indicios de venganza o chantaje en los términos del acuerdo de separación.

¿Qué criterios se consideran para decidir sobre la custodia?

Al decidir sobre la custodia del animal, se evalúan varios factores. Aunque los principios fundamentales son similares a los aplicados en la custodia de los hijos, existen algunas diferencias notables. Algunos de los aspectos considerados son:

  • La persona que se encarga realmente del cuidado del animal.
  • Las condiciones de vida del cuidador.
  • La disponibilidad de tiempo del cuidador para atender al animal.
  • Recursos económicos disponibles para los gastos relacionados.
  • Si hay niños involucrados que mantienen un vínculo con la mascota, se priorizará que el animal permanezca con ellos.
  • En general, se dará prioridad al bienestar del animal, así como al de los menores de edad, en caso de formar parte de la dinámica familiar.

Consejos para facilitar la custodia compartida de mascotas en casos de ruptura

  • Evitar llegar a juicio, ya que implica altos costos económicos y emocionales. Además, no garantiza la custodia compartida del animal, ya que el juez solo se centra en el bienestar de este.
  • Recurrir a la mediación como alternativa, donde un mediador puede facilitar acuerdos que beneficien a todas las partes, incluyendo a las mascotas.

Separarse amistosamente de la expareja y redactar un acuerdo que aborde específicamente los aspectos relacionados con la mascota, incluso en el caso de parejas de hecho.

En Asesoría Sotos, estamos aquí para ofrecerte asesoramiento experto y apoyo legal en casos de custodia compartida de animales. Contáctanos hoy mismo para obtener la orientación que necesitas para garantizar el bienestar de tus mascotas durante momentos difíciles de separación o divorcio.