¿Bizum y Renta 2025? Si eres autónomo o empresario y utilizas Bizum como medio de cobro, este mensaje es para ti. A partir de este año, la Agencia Tributaria ha comenzado a intensificar los controles sobre los pagos recibidos por esta vía. Lo que antes era una forma cómoda y rápida de recibir dinero, ahora está en el punto de mira de Hacienda.
¿Qué está cambiando?
Hasta ahora, solo las transacciones con tarjeta bancaria que superaban los 3.000 € debían ser comunicadas a Hacienda. Sin embargo, con la nueva normativa, los bancos están obligados a informar sobre todos los ingresos obtenidos por autónomos y empresarios a través de Bizum, sin importar el importe. Esto significa que, aunque recibas cantidades pequeñas, si son de origen comercial, deben ser declaradas.
¿Qué pasa si no declaras estos ingresos?
Hacienda ha endurecido las sanciones por omisión de ingresos:
- 🟡 Infracción leve: Si el importe no declarado es menor a 3.000 €, podrías enfrentarte a una multa equivalente al importe no declarado, más un 50% adicional como recargo.
- 🟠 Infracción grave: Si el importe supera los 3.000 €, las sanciones pueden oscilar entre el 50% y el 100% del monto no declarado.
- 🔴 Infracción muy grave: Si se ocultan ingresos superiores a 120.000 €, además de multas de hasta el 150%, podrías enfrentarte a penas de prisión.
✅ Recomendaciones para evitar problemas con el Bizum y Renta 2025:
- Declara siempre los ingresos comerciales que recibas a través de Bizum.
- Guarda todos los comprobantes de tus movimientos y transacciones.
- Mantén una contabilidad ordenada y actualizada.
🧾 En Asesoría Sotos te ayudamos a mantener tus cuentas claras y en regla. No esperes a que Hacienda llame a tu puerta. ¡Estamos aquí para resolver tus dudas y proteger tu tranquilidad fiscal!
📞 Contáctanos y recibe asesoramiento personalizado.
¿Hablamos? CONTÁCTANOS.
640391417
✉️ contacto@asesoriasotos.com